CNE admite solicitud de revocatoria de inscripción contra candidatura de Ricardo Jaramillo a la Cámara por el Meta

Por: Redacción DesdeelCerro.Com

El Consejo Nacional Electoral (CNE) admitió el estudio de una solicitud de revocatoria de inscripción contra la candidatura de Ricardo Jaramillo Beaumont, aspirante a la Cámara de Representantes por el departamento del Meta, con ocasión de las elecciones al Congreso que se celebrarán el 8 de marzo de 2026.
 
De acuerdo con el auto identificado con el radicado CNE-E-DG-2026-003158, con fecha del 28 de enero de 2026, el ciudadano Juan Camilo Restrepo Arboleda presentó formalmente la solicitud de revocatoria, argumentando una presunta inhabilidad relacionada con la celebración de contratos en el sector salud.
 
Argumentos del demandante
 
Según lo expuesto en el documento, el demandante señala que Ricardo Jaramillo hace parte del Grupo Empresarial u Organización RBJ, dentro del cual se encuentran varias IPS del sector salud, entre ellas la empresa Multisalud S.A.S., inscrita en la Cámara de Comercio de Villavicencio.
 
El texto indica que Multisalud cuenta con 3.000 cuotas o acciones, de las cuales 2.700 estarían a nombre de Ricardo Jaramillo, adquiridas mediante Escritura Pública No. 3691 del 27 de agosto de 2018, otorgada en la Notaría Segunda de Villavicencio, y las 300 acciones restantes a nombre de Claudia Patricia Garzón Torres, esposa del candidato.
 
El demandante aclara que Jaramillo no figura como representante legal de la empresa, pero sostiene que no se requiere ostentar ese cargo para configurar una presunta inhabilidad, dado que, según el escrito, el candidato recibiría beneficios económicos directos derivados de la prestación de servicios de salud financiados con recursos públicos.
 
Relación con contratos del sector salud
 
En la solicitud se menciona que Multisalud S.A.S. y la organización RBJ prestan servicios de salud a afiliados de distintas EPS, entre ellas la Nueva EPS en el departamento del Meta. El demandante argumenta que estas actividades contractuales se habrían desarrollado dentro del periodo previo a la inscripción de la candidatura, lo que, a su juicio, configuraría un conflicto de intereses y una posible inhabilidad electoral.
 
Adicionalmente, el documento hace referencia a un antecedente disciplinario relacionado con la esposa del candidato, quien fue destituida en 2020 por la Procuraduría General de la Nación cuando ejercía como diputada del Meta, por una inhabilidad derivada de relaciones contractuales con el sector salud durante un periodo electoral anterior. El demandante sostiene que este antecedente se estaría repitiendo en el actual proceso electoral, aunque este argumento hace parte exclusivamente de la posición del quejoso.
 
Decisión del CNE
 
En la parte resolutiva del auto, el CNE avoca conocimiento de la solicitud de revocatoria de la inscripción de la candidatura de Ricardo Jaramillo Beaumont, dentro de la actuación administrativa correspondiente al radicado CNE-E-DG-2026-003158.
 
Asimismo, el Consejo ordena incorporar al expediente pruebas, entre ellas:
•Los formularios E-6 (inscripción y aceptación de la candidatura) y E-8 (lista definitiva de candidatos) correspondientes a Ricardo Jaramillo.
•Copia del certificado de existencia y representación legal de la empresa Multisalud S.A.S., aportado por el demandante.
 
El trámite continúa ahora con el traslado correspondiente para que el candidato ejerza su derecho a la defensa y presente las explicaciones y pruebas que considere pertinentes ante la autoridad electoral.
 
Lo que sigue
 
La admisión de esta solicitud no implica una decisión de fondo, sino el inicio formal del análisis por parte del CNE, que deberá evaluar los argumentos, las pruebas allegadas y la respuesta del candidato antes de emitir un pronunciamiento definitivo sobre la validez o no de su inscripción.
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